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Diario Artesano

la legislacion

Ayudas para suministro de energía en Cantabria

Cantabria

Se subvencionará un 50% de la inversión, con un máximo de 2.450€

Con un importe total de 120.000 euros, la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca del Gobierno de Cantabria ha regulado y convocado ayudas para la dotación de suministros de energía eléctrica por sistemas prioritariamente autónomos, basados en energías renovables, a edificaciones aisladas del medio rural.

El objetivo de estas ayudas es paliar el coste de instalación de sistemas de producción de energía eléctrica para el uso individual en lugares donde la extensión de las redes de distribución de las compañías eléctricas no sea aconsejable, por su elevado coste económico o de elevado impacto ambiental. En el caso de no agotarse el presupuesto se podrán subvencionar acometidas eléctricas individuales.

La cuantía de las ayudas será de hasta un 50% de la inversión que el particular realice en el sistema productivo de energía, con una limitación máxima de 2.450 euros por instalación subvencionada.

Podrán beneficiarse de estas ayudas los propietarios de construcciones situadas en el medio rural. En el caso de acometidas eléctricas individuales podrán beneficiarse los propietarios que soliciten suministro eléctrico a las compañías eléctricas distribuidoras, para edificios o construcciones en general y en particular. El plazo de solicitud finalizará el 3 mayo de 2004, según lo publicado en el Boletín Oficial de Cantabria de 2 de abril de 2004.

Aragón convoca ayudas para la promoción del empleo en cooperativas y SAL

Aragon

La cuantía de cada subvención variará en función del colectivo al que pertenezca el desempleado.
La Comunidad de Aragón, a través del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, ha hecho pública, para el ejercicio 2004, la convocatoria de ayudas para la promoción del empleo en cooperativas y sociedades laborales.

La finalidad de estas ayudas es fomentar la creación y mantenimiento de puestos de trabajo en cooperativas y sociedades laborales, así como apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas de la economía social, mediante una mejora de su competitividad, facilitando así su consolidación.

Las acciones subvencionables para esta convocatoria serán aquellas ayudas para: la incorporación de desempleados como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales; el interés de préstamos para inversiones en activos fijos que generen o mantengan empleo; para la financiación de proyectos de inversión que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas y sociedades laborales; la asistencia técnica; y por último, para financiar la creación de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales integradas principalmente por mujeres.

La cuantía de cada subvención variará en función del colectivo al que pertenezca el desempleado. El importe oscilará entre los 2.500 euros para desempleados a quienes se haya reconocido el abono del pago único de la prestación por desempleo y los 10.000 euros, en el caso de desempleados minusválidos.

El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses a contar desde la fecha en que se produzca el hecho causante que genera el derecho a la subvención, según lo publicado en el Boletín Oficial de Aragón de 22 de marzo de 2004.

Fuente: Boletín Oficial de Aragón

Ayudas a asociaciones de artesanos en Asturias

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 26 de abril de 2004
Con un cuantía total de 80.000 euros, la Consejería de Industria y Empleo del Principado de Asturias ha convocado las ayudas a las asociaciones de comerciantes y a las asociaciones de artesanos para la participación en ferias y misiones comerciales nacionales o en el extranjero.

La finalidad de estas ayudas es fomentar la presencia de las asociaciones de artesanos y comerciantes en ferias y misiones comerciales que se desarrollen tanto dentro del ámbito del territorio español como en el extranjero y que sean de interés para la formación, el intercambio de experiencias y la comercialización del pequeño comercio y de la artesanía de Asturias.

La cuantía de la subvención será variable, se determinará para cada caso teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y los criterios de adjudicación, pero no podrá exceder de un 80% del coste total del proyecto.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las asociaciones y agrupaciones de comerciantes y de artesanos que presenten la solicitud, junto con la documentación requerida, antes del 26 de abril de 2004, según lo publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 24 de marzo de 2004.

Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias

Asturias: Ayudas para el inicio de actividad de autónomos

Se subvencionará a cada autónomo con una cuantía de 1.805 euros.

Con la cofinanciación del Fondo Social Europeo, el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Industria y Empleo ha aprobado las ayudas para el inicio de actividad de autónomos, para el año 2004, según lo publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 30 de marzo de 2004.

La finalidad de estas ayudas es promover y ayudar a financiar aquellos proyectos que faciliten a personas desempleadas su establecimiento como trabajadores autónomos o trabajadores autónomos o por cuenta propia, desarrollando proyectos empresariales o profesionales viables y de interés.

Se otorgará a estas ayudas una cuantía de 1.805 euros. Cuando se trate de mujeres esta cuantía se verá incrementada en 601 euros, además se incrementará en otros 601 euros, por cada hijo o hija menor de tres años.

Podrán beneficiarse de estas ayudas, las personas desempleadas que se establezcan como trabajadores por cuenta propia, para desarrollar su actividad en el Principado de Asturias por un período mínimo de tres años. No tendrán esta consideración los autónomos colaboradores y las personas socias de sociedades mercantiles de capital.

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses desde la fecha de alta de quien solicite en el régimen de la Seguridad Social que corresponda o en una mutualidad de previsión social, según proceda. En el supuesto de que la fecha de alta sea anterior a esta convocatoria, las solicitudes deberán ser presentadas antes del 30 de mayo de 2004.

Asturias convoca ayudas al empleo por cuenta ajena

Asturias

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de octubre de 2004

Mediante las Resoluciones del 12 de marzo de 2004, la Consejería de Industria y Empleo ha regulado y convocado las subvenciones para el fomento y mantenimiento del empleo por cuenta ajena, para el año 2004.

La finalidad de estas ayudas es subvencionar a empresas privadas que realicen contrataciones a personas desempleadas o conversiones de contratos temporales en indefinidos, a través de las siguientes líneas de ayuda: contratos formativos; contratos indefinidos; conversión de contratos formativos en indefinidos y conversión de contratos temporales en indefinidos.

Las contrataciones objeto de subvención deberán necesariamente suponer un incremento neto de la plantilla fija de la empresa en el mes de la contratación y las contrataciones para la formación o prácticas supondrán al menos un mantenimiento neto de plantilla fija.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas o jurídicas de carácter privado, que contratan a trabajadores para prestar servicios en centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias. No podrán beneficiarse de estas ayudas, las administraciones públicas, las sociedades públicas ni las entidades vinculadas o dependientes a ellas y las empresas acogidas a planes de reconversión aprobados por la Administración del Estado.

Las cuantías máximas, las contrataciones subvencionables y otros detalles de estas ayudas, se pueden consultar en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 3 de abril de 2004. El plazo para la presentación de solicitudes será de dos meses desde la celebración de los contratos, en todo caso, el plazo de solicitud concluirá el 15 de octubre de 2004.

Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias

Ayudas a asociaciones de comerciantes y artesanos en Asturias

Asturias

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 26 de abril de 2004

Con una cuantía total de 80.000 euros, la Consejería de Industria y Empleo del Principado de Asturias ha convocado las ayudas a las asociaciones de comerciantes y a las asociaciones de artesanos para la participación en ferias y misiones comerciales nacionales o en el extranjero.
La finalidad de estas ayudas es fomentar la presencia de las asociaciones de artesanos y comerciantes en ferias y misiones comerciales que se desarrollen tanto dentro del ámbito del territorio español como en el extranjero y que sean de interés para la formación, el intercambio de experiencias y la comercialización del pequeño comercio y de la artesanía de Asturias.

La cuantía de la subvención será variable, se determinará para cada caso teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y los criterios de adjudicación, pero no podrá exceder de un 80% del coste total del proyecto.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las asociaciones y agrupaciones de comerciantes y de artesanos que presenten la solicitud, junto con la documentación requerida, antes del 26 de abril de 2004, según lo publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 24 de marzo de 2004.

Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias

El Gobierno de Madrid convoca ayudas a pymes de nueva creación

El plazo de presentación de solicitudes concluirá el 30/Abril/2004.

Con la finalidad de atraer inversiones a la Comunidad de Madrid, la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, a través de la Agencia Financiera de Madrid ha convocado ayuda financieras a las pymes de nueva creación o que se instalen por primera vez, destinadas a facilitar el acceso de las misma a la financiación ajena.

Con tal propósito, se subvencionará el tipo de interés de las operaciones financieras de préstamo puro y arrendamiento financiero suscritas por las mismas con entidades financieras con establecimiento permanente abierto en la Comunidad de Madrid.

Serán subvencionables, las operaciones financieras de préstamo por importe no inferior a 18.000 euros ni superior a 400.000 euros. Si se supera dicha cuantía, sólo podrán subvencionarse los intereses correspondientes hasta el importe máximo referido. En caso de que el plazo de amortización de la operación financiera sea superior a diez años, sólo podrán subvencionarse los intereses devengados durante los diez primeros años.

Las operaciones financieras subvencionarán los gastos de constitución e inversiones en activo fijo, las operaciones de reestructuración de pasivo vinculado a inversiones en activo fijo que no hubieran sido ya subvencionadas con anterioridad y, por último, los gastos realizados con motivo de obras y trabajos para el acondicionamiento del local donde se ejerza la actividad económica.

Podrán beneficiarse de las ayudas los trabajadores autónomos y las pymes de nueva creación o con ocasión de su establecimiento por primera vez, que reúnan los requisitos exigidos. El plazo de presentación de solicitudes concluirá el 30 de abril del 2004, según lo publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 15 de marzo de 2004.

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

Tipos impositivos reducidos: IVA 7%

<u>Tipos impositivos reducidos: IVA 7%</u> Extracto de la Ley

Artículo 91.- Tipos impositivos reducidos.
Uno. Se aplicará el tipo del 7% a las operaciones siguientes:

(...)4.- Las importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, cualquiera que sea el importador de los mismos, y las entregas de objetos de arte realizadas por las siguientes personas:

1º. Por sus autores o derecho habientes.
2º. Por empresarios o profesionales distintos de los revendedores de objetos de arte a que se refiere el artículo 136 de esta Ley, cuando tengan derecho a deducir íntegramente el Impuesto soportado por repercusión directa o satisfecho en la adquisición o importación del mismo bien.
5. Las adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte cuando el proveedor de los mismos sea cualquiera de las personas a que se refieren los números 1º y 2º del número 4 precedente

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TITULO IX
REGÍMENES ESPECIALES

CAPITULO I
NORMAS GENERALES
Artículo 120.- Normas generales.
Uno. Los regímenes especiales en el Impuesto sobre el Valor Añadido son los siguientes:
1º. Régimen simplificado.
2º. Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
3º. Régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
4º. Régimen especial de las agencias de viajes.
5º. Regímenes especiales del comercio minorista
Dos. Los regímenes especiales regulados en este Título tendrán carácter voluntario a excepción de los de agencias de viajes y recargo de equivalencia del comercio minorista.
Tres. Los regímenes especiales de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección y de determinación proporcional de las bases imponibles se aplicarán exclusivamente a los sujetos pasivos que hayan presentado la declaración prevista en el artículo 164, apartado uno, número 1º de esta Ley, relativa al comienzo de las actividades que determinan su sujeción al Impuesto.
Cuatro. Los regímenes especiales simplificado y de la agricultura ganadería y pesca se aplicarán salvo renuncia expresa de los sujetos pasivos, ejercitada en los plazos y forma que se determinen reglamentariamente.
El régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección se aplicará salvo renuncia de los sujetos pasivos, que podrá efectuarse para cada operación en particular y sin comunicación expresa a la Administración.

El derecho de opción por el régimen especial de determinación proporcional de las bases imponibles se ejercitará en los plazos y forma que se determinen reglamentariamente.

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CAPITULO IV
RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS
BIENES USADOS, OBJETOS DE ARTE,
ANTIGÜEDADES Y OBJETOS DE COLECCIÓN.


Artículo 136.- Concepto de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección y de sujeto pasivo revendedor.
A los efectos de lo dispuesto en esta Ley se considerarán:
1º. Bienes usados, los bienes muebles corporales susceptibles de uso duradero que, habiendo sido utilizados con anterioridad por un tercero, sean susceptibles de nueva utilización para sus fines específicos.
No tienen la consideración de bienes usados:

a.- Los materiales de recuperación, los envases, los embalajes, el oro, el platino y las piedras preciosas.
b.- Los bienes que hayan sido utilizados, renovados o transformados por el propio sujeto pasivo transmitente o por su cuenta. A efectos de lo establecido en este Capítulo se considerarán de renovación las operaciones que tengan por finalidad el mantenimiento de las características originales de los bienes cuando su coste exceda del precio de adquisición de los mismos.
2º. Objetos de arte, los bienes enumerados a continuación:
a.- cuadros, "collages" y cuadros de pequeño tamaño similares, pinturas y dibujos, realizados totalmente a mano por el artista, con excepción de los planos de arquitectura e ingeniería y demás dibujos industriales, comerciales, topográficos o similares, de los artículos manufacturados decorados a mano, de los lienzos pintados para decorados de teatro, fondos de estudio o usos análogos (código NC 9701);
b.- grabados, estampas y litografías originales de tiradas limitadas a 200 ejemplares, en blanco y negro o en color, que procedan directamente de una o varias planchas totalmente ejecutadas a mano por el artista, cualquiera que sea la técnica o la materia empleada, a excepción de los medios mecánicos o fotomecánicos (código NC 9702 00 00);
c.- esculturas originales y estatuas de cualquier materia, siempre que hayan sido realizadas totalmente por el artista; vaciados de esculturas, de tirada limitada a ocho ejemplares y controlada por el artista o sus derechohabientes (código NC 9703 00 00);
d.- tapicerías (código NC 5805 00 00) y textiles murales (código NC 6304 00 00) tejidos a mano sobre la base de cartones originales realizados por artistas, a condición de que no haya más de ocho ejemplares de cada uno de ellos;
e.- ejemplares únicos de cerámica, realizados totalmente por el artista y firmados por él;
f.- esmaltes sobre cobre realizados totalmente a mano, con un límite de ocho ejemplares numerados y en los que aparezca la firma del artista o del taller, a excepción de los artículos de bisutería, orfebrería y joyería;
g.- fotografías tomadas por el artista y reveladas e impresas por el autor o bajo su control, firmadas y numeradas con un límite de treinta ejemplares en total, sean cuales fueren los formatos y soportes.


LEY 37/1992, DE 28 DE DICIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO


Texto integro de la Ley

Ayudas al fomento del empleo en la Sierra Norte de Madrid

Estas ayudas estarán cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE)

Con la finalidad de afianzar la estabilidad y la creación de empleo favoreciendo el tejido empresarial, el Patronato Madrileño de Áreas de Montaña (PAMAM) de la Consejería de Presidencia del Gobierno de Madrid ha convocado las ayudas a las pymes privadas para el fomento del empleo en la Sierra Norte de Madrid, durante el año 2004.

El objetivo de estas ayudas es fomentar la generación neta de empleo en las pymes, cuyo centros de trabajo estén ubicados o vayan a estar ubicado sen cualquiera de los 42 municipios de la Sierra Norte.

Se considerarán subvencionables las contrataciones con carácter indefinido realizadas a trabajadores que estén desempleados e inscritos en el INEM. Estas ayudas estarán cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE).
La cuantía máxima de la subvención a conceder para un mismo beneficiario, no será superior en ningún caso a 50.000 euros. El máximo de subvención para un contrato indefinido a jornada completa será de 9.100 euros y a jornada parcial hasta 4.550 euros.

Estas cantidades podrán verse incrementadas hasta 10.000 euros en caso de jornada completa y 5.000 euros para los de jornada parcial en caso de que se contrate a mujeres o los empleos sean generados por empresas que desarrollen actividades directamente relacionadas con el reciclaje de residuos, la generación de energías renovables o la educación ambiental.
Podrán beneficiarse de estas ayudas las pymes que cumplan los requisitos exigidos y que presenten la solicitud, junto a la documentación requerida, antes del 15 de abril de 2004, según lo publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 16 de marzo de 2004.

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

El PSOE reducirá a la mitad las cuotas para los nuevos autónomos

<u>El PSOE reducirá a la mitad las cuotas para los nuevos autónomos</u> El programa socialista recoge la elaboración del Estatuto del Autónomo y otras medidas de equiparación de los trabajadores por cuenta propia a los asalariados. El futuro gobierno socialista creará un fondo social para fomentar la creación de pymes de colectivos desfavorecidos.

Los autónomos van a verse beneficiados por la victoria socialista en las urnas el pasado 14 de marzo. En plena campaña, el entonces candidato del PSOE, José Luis Rodríguez Zapatero, anunció que reduciría en un 50% las cuotas a la Seguridad Social a los trabajadores que se establezcan por cuenta ajena siempre y cuando pertenezcan a algún colectivo de desfavorecidos (jóvenes, mujeres, parados de larga duración y mayores de 45 años). Con esta medida, los socialistas apuestan por reincorporar desempleados al mercado laboral mediante el establecimiento por cuenta propia. Así pues, parece que si en la pasada legislatura las protagonistas fueron las microempresas, hasta 2008 van a verse muy beneficiados los autónomos.

La batería de medidas del PSOE para este colectivo incluye la elaboración de un Estatuto propio, avanzar en la equiparación de la protección social de los autónomos y permitir que éstos puedan contratar a sus propios familiares, una de sus viejas reclamaciones. Además, los socialistas prometieron durante la campaña estudiar que los autónomos tuvieran derecho a la prestación por desempleo o al acceso a la jubilación anticipada.

La estrategia del PSOE respecto a las pymes se reparte en cuatro grandes áreas: fomento del espíritu empresarial y la adecuación de la pyme al entorno; inversión en I+D y servicios; formación de los recursos humanos; y apoyo a la vertebración asociativa de la pequeña y mediana empresa.

La tarea principal será el apoyo institucional. El programa económico socialista recoge, entre otras medidas, el fomento del capital riesgo y el capital semilla –que invierte desde el principio del proyecto con las mismas condiciones del capital riesgo (aportar dinero sin poder de decisión sobre la gestión)–, crear un Observatorio de la Pequeña y Mediana Empresa, y establecer un fondo social para conceder microcréditos destinados a la creación de empresas de minorías excluídas, minorías étnicas, inmigrantes, parados de larga duración o mujeres maltratadas. Para las empresas, el principal apoyo será la creación de ventanillas únicas que resolverán los trámites en menos de 48 horas.

La batalla fiscal

Durante la campaña electoral, el PSOE dijo que hasta que no tuviese los datos de Hacienda no podría concretar el importe de su rebaja fiscal para las empresas. Por tanto, habrá que esperar a la constitución del próximo Ejecutivo, previsiblemente a mediados de abril, para conocer las nuevas condiciones fiscales para las pymes. De todas formas, el responsable del programa económico socialista ya anunció, el pasado 16 de febrero, que el Impuesto de Sucesiones se reduciría previsiblemente hasta el 27%.

Lo que está claro es que el PSOE eliminará la mayoría de las actuales deducciones a los impuestos empresariales para acometer esa bajada de los tipos y gran parte de los trámites para la gestión del impuesto.
Fuente:(E&E)

Proyecto de Ley para regular la actividad artesanal en Misiones

Diputados de la Comisión de Comercio y Turismo analizaron el martes 23 el proyecto que impulsa un marco regulatorio para la actividad artesanal.

Se celebro la reunión con la presencia de dos artesanos de la provincia, los legisladores analizaron el proyecto de Ley que propone la "regulación del ejercicio de la actividad de artesanos y pequeña unidades productivas artesanales en Misiones" y acordaron volver a reunirse, con otras partes relacionadas con la temática, en las próximas semanas.

La iniciativa presentada por el diputado justicialista Guillermo Sosa sostiene que "la importancia de la artesanía como bien cultural y económico está reconocida internacionalmente y, de hecho, en otros países la misma constituye un sustancial aporte al PBI"

Sosa también sostiene que "si bien la actividad de estas personas es reconocida como sinónimo de libertad y amplitud, la misma comprende también una fase económica, y necesita un cierto orden que le permita optimizar resultados"
"En los procesos de comercialización de las artesanías, la intermediación se apropia de la mayor parte del precio final del producto, y cuando los artesanos intentan comercializar directamente su producción se encuentran con dificultades que perjudican su ritmo de trabajo".

Entonces, el Legislador concluye en que "la presente iniciativa tiene el firme propósito de aprovechar esta fuente de recursos económicos para la utilización efectiva y constante de una mano de obra calificada y existente en la provincia, para permitir una mejora en la calidad de vida de un amplio sector de nuestra población".
Se prevé en el proyecto la creación de un Registro General de Artesanía de Misiones, con carácter de único, público y gratuito.

Alberto Vieyra y Horacio Cainza, artesanos que trabajan en la localidad de San Ignacio, apoyaron la iniciativa, y manifestaron que "es necesario implementar algún tipo de control para nuestra actividad, porque solemos encontrarnos con productores a gran escala de objetos a los que catalogan como artesanales, y no lo son".

Ayudas a empresas y asociaciones artesanas de Madrid

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 26 de abril de 2004

La Orden 1496/2004,de 12 de marzo,de la Consejería de Economía e Invocación Tecnológica de Madrid se convoca una serie de ayudas,dirigidas a las pymes artesanas de la región, orientadas a promover e incentivar proyectos de inversión para la reforma y acondicionamiento de sus talleres,para la adquisición de maquinaria, mobiliario y útiles de producción específicos,así como para la adquisición de equipos informáticos.

Asimismo, regula ayudas para la asistencia a ferias de artesanía o sectoriales, al constituir éstas canales de comercialización estables y periódicos de gran interés para el sector, al igual que para la elaboración de material promocional, la inserción de publicidad en medios de comunicación e información y la aplicación de nuevas tecnologías.
Finalmente, se subvenciona la asistencia a cursos de formación y capitación técnica directamente relacionados con un oficio o actividad artesana o que contribuyan a la mejora y modernización de la gerencia empresarial.

Para la consecución de los fines anteriores, la presente convocatoria también establece una serie de ayudas, dirigidas a las asociaciones artesanas, para que procedan al acondicionamiento de sus sedes y locales comerciales y a la dotación de los equipamientos necesarios para los mismos, así como para la realización de actividades de promoción, formación e investigación que lleven a cabo.

Las pymes y asociaciones sin ánimo de lucro artesanas que deseen optar a estas ayudas deberán presentar la solicitud, junto a la documentación requerida, antes del 26 de abril de 2004, según lo publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 25 de marzo de 2004.

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

Ayudas para la promoción de la contratación estable y de calidad en Aragón

Podrán beneficiarse de estas ayudas las empresas, los empresarios individuales y las entidades privadas sin ánimo de lucro.

El Departamento de Economía, Hacienda y Empleo del Gobierno de Aragón, ha convocado las subvenciones reguladas en el Decreto 47/2004, de 9 de marzo de 2004, para la promoción de la contratación estable y de calidad.

El objetivo final de estas ayudas es la de fomentar la contratación indefinida, favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral, contribuir a la integración en el mercado de trabajo de personas con discapacidad, reforzar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en su acceso al empleo, fomentar la contratación temporal cuando tenga fines experiencias o integradores, así como promover la estabilidad en el empleo por medio de la conversión de contratos temporales en indefinidos.

Ninguna empresa podrá recibir subvenciones por las contrataciones efectuadas en el año que en su conjunto superen la cantidad de 50.000 euros, salvo supuestos excepcionales en los que el proyecto de creación de empleo se estime de interés para la economía aragonesa.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las empresas, los empresarios individuales y las entidades privadas sin ánimo de lucro que radiquen y desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y contraten a trabajadores por cuenta ajena a jornada completa o a tiempo parcial no inferior al 50% de la ordinaria en la empresa. Cuando la contratación se efectúe a tiempo parcial, el importe de la ayuda se reducirá en la misma proporción.

El plazo de presentación de solicitudes, con carácter general, será de dos meses a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social del trabajador que genera el derecho a la subvención. En el caso de transformación de contratos temporales, el plazo será de dos meses a contar a partir de la fecha de inicio del contrato indefinido.

Por último, para el apoyo de discapacitados psíquicos y enfermos mentales en Centros Especiales de Empleo, se solicitarán en el plazo de dos meses a contar desde la contratación del profesional de apoyo a subvencionar o, en caso de que éste ya forme parte de la plantilla del Centro, hasta el 24 de mayo de 2004, según lo publicado en el Boletín Oficial de Aragón, de 22 de marzo de 2004.
Fuente: Boletín Oficial de Aragón

Madrid convoca ayudas para la promoción del sistema productivo en la Sierra Norte

La cuantía máxima de la subvención a conceder será del 40% de la inversión subvencionable, siempre que no supere 50.000 euros
La Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid, a través del Patronato Madrileño de Áreas de Montaña(PAMAM), ha convocado ayudas para la promoción del sistema productivo en la Sierra Norte de Madrid durante el año 2004.
Serán acciones subvencionables las que se refieran a proyectos de creación de nuevos establecimientos,así como los destinados a ampliación, traslado y, en su caso, modernización de los existentes. Podrán beneficiarse de las ayudas de esta convocatoria las pequeñas y medianas empresas (pymes), cuyos centros de trabajo estén ubicados o vayan a estar ubicados en cualquiera de los 42 municipios de la Sierra Norte.
La cuantía máxima de la subvención a conceder será del 40% de la inversión subvencionable, siempre que no supere 50.000 euros, no pudiendo percibir un mismo beneficiario ninguna otra ayuda por dicha inversión subvencionada. La puntuación mínima exigible para poder acceder inicialmente a la subvención será de 2 puntos, según criterios de baremación.
Las solicitudes, junto con la documentación requerida, tendrán como último día para su presentación el próximo 15 de abril de 2004, según lo publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 16 de marzo de 2004.
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

El Gobierno español presenta la segunda fase del programa europeo EQUAL

Este programa está dotado con un presupuesto de 258,6 millones de euros para el periodo 2004-2007
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales del Gobierno español ha presentado la segunda fase de la convocatoria del programa europeo EQUAL, cuyo inicio está previsto para este mes de marzo. Con un presupuesto de 258,6 millones de euros para el periodo 2004-2007, esta iniciativa tiene por objetivo ayudar a los colectivos más desfavorecidos en su acceso al mercado laboral.

Para esta convocatoria, se buscan proyectos que desarrollen temáticas relacionadas con el acceso al mercado laboral de personas con dificultades, la lucha contra el racismo en el entorno del trabajo, fomentar el espíritu emprendedor y, con ello, favorecer las posibilidades de empleo y, por último, apoyar a trabajadores y empresarios en una adaptación a los nuevos tiempos, tanto en el plano económico como en el tecnológico.
El programa EQUAL también incluye propuestas para hacer compatibles la vida familiar y laboral, para reducir los desequilibrios entre hombres y mujeres y eliminar la segregación en el trabajo y, por último, para beneficiar a los demandantes de asilo.
Los proyectos serán seleccionados mediante convocatoria pública y tendrán un coste de entre 500.000 euros y 3 millones de euros, de ellos, el Fondo Social Europeo (FSE) aportará el 75% para los que se desarrollen en las diez regiones del Objetivo 1: Andalucía, Asturias, Canarias, Castilla La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Murcia, Comunidad Valenciana, Cantabria y Ceuta y Melilla. Además, el FSE financia el 50% de los proyectos en las regiones Objetivo 3, que son: Aragón, Baleares, Cataluña, Madrid, Navarra, País Vasco y La Rioja
Fuente: Agencias

Convocado el Plan de Consolidación y Competitividad de la pyme en Valencia

El plazo de presentación de solicitud finalizará el 6 de mayo para pymes y el 29 de abril para organismos intermedios
Una vez puesto en marcha el Plan de Consolidación y Competitividad de la Pyme (Plan Pyme), para el período 2001-2006, la Consejería de Industria, Comercio y Energía de la Generalidad Valenciana ha convocado estas ayudas para el año 2004, mediante la Orden de 25 de febrero de 2004.
Las ayudas del Plan Pyme, se enmarcan en los siguientes programas de ayudas:

sociedad de la información; diseño; redes interempresariales de cooperación; sistemas de calidad y medio ambiente e innovación de procesos (gestión y organización de la pyme).
Dependiendo de estos programas podrán acogerse a estas ayudas los proyectos presentados por organismos intermedios y por pequeñas y medianas empresas (pymes) con sede social, delegación o establecimiento de producción en la Comunidad Valenciana. Asimismo, podrán ser beneficiarios, para proyectos de carácter suprarregional, organismos intermedios y pymes con sede en otras comunidades autónomas.
Podrán optar a estas ayudas las pymes que desarrollen su actividad en el ámbito de la industria, construcción, transporte, comercio y servicios, así como, los organismos intermedios que actúen a favor de las empresas incluidas en estos sectores. Quedarán fuera de estas ayudas los sectores de la siderurgia, construcción naval, fibras sintéticas y vehículos de motor y las actividades relacionadas con la producción, primera transformación o comercialización al por mayor y, por último, las actividades relacionadas con la exportación.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 12 de marzo de 2004 y finalizará el 6 de mayo de 2004 para los programas dirigidos a pymes y el 29 de abril de 2004 para los dirigidos a organismos intermedios. Para los proyectos suprarregionales el plazo de solicitud permanecerá abierto, según lo publicado en el Diario Oficial de la Generalidad Valenciana de 9 de marzo de 2004.
El Plan de Consolidación y Competitividad de la Pequeña y Mediana Empresa se inscribe en una política orientada a consolidar el tejido empresarial, aumentar su competitividad, avanzar en la línea de un desarrollo sostenible y, consecuentemente, propiciar el empleo y la creación de riqueza, asumiendo como objetivos la plena integración de las pymes en la sociedad de la información y la incorporación de técnicas empresariales innovadoras.
Fuente: Diario Oficial de la Generalidad Valenciana

Ayudas a autónomos para contratación de su primer trabajador fijo en Galicia

Podrán ser objeto de subvención las contrataciones indefinidas que se realicen con trabajadores desempleados
La Xunta de Galicia, a través de la Consejería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales ha establecido la convocatoria del programa de ayudas a empresarios sin asalariados por la contratación de su primer trabajador fijo, para el año 2004. Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.
El objeto de estas ayudas es financiar la contratación indefinida....., a tiempo completo o a tiempo parcial, incluidos los fijos-discontinuos, del primer trabajador por parte de los empresarios sin asalariados, con la finalidad de impulsar la capacidad de creación de empleo de las pequeñas empresas y favorecer la inserción laboral de desempleados.
Podrán ser objeto de subvención las contrataciones indefinidas iniciales que se realicen con trabajadores desempleados, inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo y pertenezcan a alguno de los colectivos desfavorecidos.
Se podrán obtener una ayuda por una cuantía del 30% de la base mínima del grupo de cotización, al que pertenezca el trabajador contratado, calculada sobre tres anualidades, hasta un máximo de 6.000 euros, si el contrato se realiza a jornada completa o la parte proporcional si se realiza a tiempo parcial. Cuando dicha contratación se realice con mujeres, dicho porcentaje se elevará al 32% y el límite se incrementará hasta 6.600 euros.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica y siempre que dichos empresarios iniciaran la actividad con una antelación mínima de un año al comienzo de la prestación de servicios por el trabajador.
Según lo publicado en el Diario Oficial de Galicia, de 9 de marzo de 2004, el plazo de presentación de solicitudes será de dos meses contados desde la fecha en que se inicie la relación laboral.
Fuente: Diario Oficial de Galicia

El Consell anuncia la creación de la marca «Artesania de Menorca»

La Comissió Assessora d'Artesania de Menorca en su reunión del día 16 de marzo acordaron una línea de ayudas económicas para facilitar la asistencia de artesanos menorquines a ferias del sector. A cada participante se le subvencionará con 300 euros para los costes del viaje y se le pedirá a cambio una pequeña memoria.
Otro de los puntos tratados es la regulación de los mercados artesanos de la isla a los que sólo podrán acceder quienes dispongan de la carta oficial de artesano, maestro..... artesano o empresa artesanal.
La consellera Tuni Allès señaló la importancia que se le da a la promoción de este sector en la isla y por ello se va a crear la marca Artesania de Menorca. Esto permitirá dar promoción a estos trabajadores isleños aunque no participen en mercados y sólo vendan en su taller particular
Fuente: Ultima Hora

La Xunta de Galicia convoca el Programa Emega para mujeres emprendedoras

El objetivo de este programa es el establecimiento de la mujer como empresaria

La Xunta de Galicia, a través del Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de la Mujer ha convocado las ayudas para la creación de empresas y la integración laboral de la mujer como estímulo a mujeres emprendedoras de Galicia, denominado Programa Emega, mediante la Resolución de 9 de febrero de 2004.

La finalidad de este Programa es la de subvencionar el establecimiento de la mujer... como empresaria, como medio adecuado para su integración laboral, bajo cualquier forma de sociedad, cooperativa o establecimiento como trabajadora autónoma, con domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Las ayudas consistirán en una única subvención de, como máximo, 18.000 euros, no pudiendo superar el 50% del presupuesto total del proyecto reflejado en el programa de inversiones. Su concesión será compatible con cualquier otra ayuda establecida con cargo a otros programas elaborados por las administraciones públicas, sin que la suma total de las ayudas recibidas para el desarrollo del proyecto empresarial no supere el 55% del coste total del mismo.

La ayuda irá destinada a sufragar los gastos derivados de la puesta en marcha de la actividad y del funcionamiento de las empresas que tengan el inicio de su actividad entre el 1 de marzo de 2003 y el 28 de febrero de 2004.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las mujeres que se encuentren en desempleo, con una antigüedad mínima de 3 meses inmediatamente anteriores al inicio de la actividad, que se establezcan como trabajadores autónomas o se unan o se asocien. Para el caso de las beneficias que se constituyan como autónomas, deberán crear al menos un puesto de trabajo por cuenta ajena desempeñado por una mujer. En el caso de que se unan o se asocien, tendrán que crear los puestos de trabajo de, al menos, dos de las socias, siendo al menos una de ellas obligatoriamente la que lleve los tres meses desempleada.

Todas aquellas beneficiarias que quieran optar a estas ayudas, deberán presentar las solicitudes antes del 26 de marzo de 2004, junto a la documentación requerida, según se ha publicado en el Diario Oficial de Galicia de 16 de febrero de 2004.

Fuente: Diario Oficial de Galicia

Valencia: Ayudas al fomento de empleo

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio o el 30 de septiembre de 2004, en función de la ayuda objeto de subvención

La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad Valenciana ha convocado ayudas al Fomento del Empleo dirigido a emprendedores para el año 2004, según lo publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 11 de febrero de 2004.

El objetivo de esta convocatoria es establecer un programa de incentivos y ayudas económicas destinadas a favorecer la generación del empleo en la Comunidad Valenciana, bien a través de la creación de actividad empresarial independiente, bien a través de empresas calificadas como I+E, o bien a través de personas preceptoras de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.

Serán beneficiarios de estas ayudas aquellas personas trabajadoras y empresas que generen empleo para sí mismos o para personas desempleadas, empresas calificadas como I+E y personal trabajador que haya obtenido la prestación de desempleo en su modalidad de pago único. Los beneficiarios variarán en función de la ayuda objeto de subvención.

El plazo de presentación de solicitudes de ayudas para la constitución en personal trabajador autónomo o profesional por cuenta propia será del 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2004. En el caso de las ayudas para la primera contratación, el plazo de presentación de solicitudes será del 1 de enero hasta el 30 de junio de 2004.

Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana